
Devolución de tasas e ICIO madrid
El ayuntamiento de Madrid convoca una serie de ayudas a las nuevas empresas a fin de favorecer el espíritu emprendedor y la iniciativa empresarial. Estas ayudas consisten en la devolución de ciertos tributos que ha pagado la empresa a partir del 1 de enero de 2011.
QUIEN PUEDE SOLICITAR LA DEVOLUCION DE TASAS E ICIO
Se abren dos líneas de ayudas.
Línea 1: La devolución de tasas de Madrid va dirigida a nuevas empresas, tanto micro empresas como pequeñas y medianas empresas creadas a partir del 1 de enero de 2011 y que tengan su domicilio fiscal en el municipio de Madrid.
Línea 2: La devolución de tasas de Madrid va dirigida a los concesionarios del servicio público de los Mercados Municipales y a los usuarios de dichos mercados.
PLAZO PARA PRESENTAR LA SOLICITUD DE DEVOLUCION DE LAS TASAS
El plazo para solicitar estas ayudas va del 10 de septiembre de 2013 al 30 de septiembre de 2015, ambos incluidos.
REQUISITOS QUE DEBEN CUMPLIR LAS EMPRESAS
Línea 1: Micro empresas y pymes.
- Estar inscrita como persona física (empresario individual o comunidad de bienes) o como persona jurídica (sociedad mercantil).
- Ser micro empresa o pyme
- Haberse creado a partir del 1 de enero de 2011
- Tener su domicilio fiscal o el establecimiento de la empresa en Madrid
- Haber pagado los tributos
- Haber pagado el precio privado a la ECLU
Línea 2: Mercados municipales.
- Ser persona físico o jurídica de la concesión del servicio público de un mercado municipal o usuario de un local comercial situado en un mercado municipal
- Haber pagado los tributos municipales
- Haber pagado el precio privado de la ITE
En línea.
De manera presencial, presentando las solicitudes en el Registro de la Dirección General de Comercio y Desarrollo Económico Madrid Emprende, o cualquier otro registro de la administración.
GASTOS QUE PUEDEN SER DEVUELTOS
Para la línea 1.
- Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM)
- Tasa de la Prestación del Servicio de Gestión de Residuos Urbanos (TRU)
- Tasa de Paso de Vehículos
- Precio privado abonado a la ECLU por la gestión de la licencia
- Tasa de Prestación de Servicios Urbanísticos asociada a la tramitación
Para la línea 2.
- Impuesto sobre vehículos de tracción mecánica (IVTM)
- Tasa de la Prestación del Servicio de Gestión de Residuos Urbanos (TRU)
- Tasa de Paso de Vehículos
- Tasa de Prestación de Servicios Urbanísticos asociada a la tramitación
- Precios abonados al técnico competente o a la entidad de inspección técnica homologada para la realización de la Inspección Técnica de Edificios (ITE) en los mercados municipales
- Tasa de Utilización Privativa o Aprovechamiento Especial del Dominio Público Local (en se reserva de espacio del dominio público para aparcamiento de vehículos)
Si su empresa cumple con los requisitos, puede recuperar el 100% de las tasas e ICIO que ha pagado.
Si para el ejercicio de la actividad de tu empresa has abonado el precio privado a la Entidad Colaboradora Urbanística (ECU o ECLU) o la Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos asociada a la tramitación de licencia, declaración responsable, comunicación previa o cambio de titularidad, podrás solicitar la devolución del ICIO de Madrid. Esta devolución será del 100%.
Para solicitar la subvención del precio pagado a la Entidad Colaboradora Urbanística (ECU o ECLU), necesitarás presentar el original de la factura emitida por la ECU o ECLU y justificante del pago de la misma. Se podrán presentar copias de los documentos, que serán compulsadas en la oficina de registro.
Para los concesionarios y usuarios de locales comerciales en los mercados la Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos y el precio pagado al técnico competente o a la entidad homologada para la realización de la Inspección Técnica de Edificios (ITE) en mercados municipales, podrás solicitar la devolución de las tasas de Madrid. Esta devolución será del 100%.
Para solicitar la subvención del precio abonado al técnico o a la entidad de inspección técnica para la realización de la Inspección Técnica de Edificios (ITE) se tendrá que presentar original de la factura emitida por el técnico o entidad, así como el justificante del pago de la factura. Se podrán presentar copias de dichos documentos, que serán compulsadas en la oficina de registro.
Si has pagado a una persona o entidad por una inspección técnica del edificio (ITE) y tienes un concesionario en un mercado municipal, puedes pedir su devolución.
Si has pagado a una ECLU por tu licencia de actividad, puedes pedir su devolución.
ENLACES DE INTERES:
Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid.