Cambio de uso local-vivienda

Un cambio de uso local-vivienda es el conjunto de operaciones y documentación por las cuales se garantiza que el inmueble cumple con todas las disposiciones legales que exige las diferentes normativas para el nuevo uso al que se destinará.

REQUISITOS DE UN CAMBIO DE USO LOCAL-VIVIENDA

Para obtener una licencia de cambio de uso local-vivienda o vivienda-local es necesario que el inmueble cumpla con la normativa urbanística y los requisitos mínimos de habitabilidad y seguridad exigidos para su nuevo uso.

El Plan General de Ordenación Urbana de los Ayuntamientos es el instrumento que establece los cambios de uso compatibles, y un inmueble (local-vivienda) con un uso determinado y característico, puede cambiarse a otro distinto cuando se reúnan estos requisitos.

Para proceder al cambio de uso es necesario redactar un proyecto técnico que garantice el cumplimiento de toda la normativa de aplicación y que esté firmado por un profesional competente y colegiado, entregarlo en el ayuntamiento para que este otorgue su visto bueno en forma de la licencia para el cambio de uso local-vivienda.

REFORMA NECESARIA PARA UN CAMBIO DE USO LOCAL-VIVIENDA

CAMBIO DE USO LOCAL A VIVIENDA:

Se considera como vivienda mínima aquella que cuenta con, estancia-comedor, cocina, dormitorio y aseo, y cuya superficie útil sea superior a treinta y ocho (38) metros cuadrados, aunque la superficie útil del local debe ser como poco veinticinco (25) metros cuadrados m2 si se pretende realizar un estudio, es decir, una única habitación con funciones de salón-comedor-cocina más el baño.

Los requisitos para un cambio de uso local-vivienda dependen en gran medida de las exigencias de cada municipio y comunidad autónoma, en el municipio de Madrid, por ejemplo se requieren principalmente las siguientes condiciones:

  • Ocupar una fachada en una longitud superior a tres (3) metros.
  • Un salón con una superficie útil superior a doce (12) metros cuadrados.
  • Será posible inscribir un círculo de diámetro igual o mayor de doscientos setenta (270) centímetros, tangente al paramento en el que se sitúa el hueco de luz y ventilación.
  • Dispondrá de cocina, que al ser una pieza en la que se produce combustión o gases, dispondrá de chimenea para su evacuación, independientemente del hueco de luz y ventilación.
  • La altura libre mínima de piso en cada vivienda será de doscientos cincuenta (250) centímetros, al menos en el setenta y cinco por ciento (75%) de su superficie útil, pudiendo reducirse hasta doscientos veinte (220) centímetros en el resto.
  • Dispondrá una puerta de acceso de dimensiones mínimas de doscientos tres (203) centímetros de altura y ochocientos veinticinco (825) milímetros de anchura.
  • La altura libre mínima de piso en cada vivienda será de doscientos cincuenta (250) centímetros, al menos en el setenta y cinco por ciento (75%) de su superficie útil, pudiendo reducirse hasta doscientos veinte (220) centímetros en el resto.
  • Toda vivienda dispondrá una puerta de acceso de dimensiones mínimas de doscientos tres (203) centímetros de altura y ochocientos veinticinco (825) milímetros de anchura.
  • Las dimensiones mínimas de las hojas de las puertas de acceso a las piezas de la vivienda serán de doscientos tres (203) centímetros de altura, de seiscientos veinticinco (625) milímetros de anchura para los cuartos de aseo y setecientos veinticinco (725) milímetros para el resto de las piezas.
  • Los huecos de iluminación natural deberán tener una superficie no inferior al doce (12) por ciento de la superficie útil de la pieza habitable.
  • Cada una de las piezas habitables dispondrá de una superficie practicable a efectos de ventilación natural directa no inferior al ocho (8) por ciento de la superficie útil de la pieza.
  • Cumplir con las condiciones de accesibilidad y seguridad que en materia de prevención de incendios.

CAMBIO DE USO VIVIENDA A LOCAL:

Los locales para actividades económicas requieren una licencia de apertura o actividad para su ejercicio, y los requisitos para un cambio de uso vivienda-local serán idénticos a los existentes para un cambio de actividad.

En función del tipo de actividad que se vaya a desarrollar la normativa requerirá diferentes condiciones:

  • Las dependencias necesarias, como por ejemplo, trastienda, almacén, aseo de personal, cuarto de basuras, etc.
  • Los acabados a emplear, en cuanto a su fácil limpieza, su comportamiento ante incendios…
  • Las condiciones de sus instalaciones.
  • Y un largo etcétera de condiciones necesarias para cada actividad.

En Arquitea tenemos muy clara cuál es nuestra función principal dentro del proceso constructivo, y esta es que el mismo finalice con la calidad adecuada y en los términos que se pactaron al principio.

Una reforma es un proceso complejo, y está afectada por una importante cantidad de variables. La empresa que realiza la reforma, quiere, por supuesto, “quedar bien” con el cliente, pero todas esas variables provocan, en muchas ocasiones, cruces de intereses en los que puede elegir lo mejor para la empresa, no para el cliente.

Por eso consideramos fundamental que alguien, completamente independiente de la empresa o profesional y contratado por el cliente de la reforma, controle el proceso completo de la reforma, de modo que los intereses del cliente estén siempre desligados de los de la empresa o profesional que realiza el trabajo. ¿Por qué Arquitea no hace reformas?

ENLACES DE INTERES:

Articulo Mapfre. Convertir un local en vivienda.

Noticias Altamira. Transformar un local en vivienda.

ABC. Crisis dispara cambio de local a vivienda.

Legalización de obras ejecutadas

Al hablar de legalización de obras ejecutadas nos referimos al trámite que debemos realizar ante la Administración para dar curso legal a una construcción ya existente a través de un profesional que tenga competencia en el sector.

Por eso, Arquitea le ofrece todos los servicios para legalizar una vivienda, legalizar un local, legalizar una nave o cualquier obra sin licencia. Le ofrecemos asesoramiento y resolución de todas las dudas que le surjan, estudiando su caso y elaborando toda la documentación técnica necesaria para obtener la acreditación legal.

A QUE NOS ENFRENTAMOS ANTE UNA LEGALIZACIÓN DE OBRAS EJECUTADAS

En primer lugar, hay que saber que un trámite de legalización no tiene nada que ver con un trámite sancionador por infracción de alguna ley en materia urbanística. Un trámite de legalización no es sino una implantación de legalidad a una obra sin licencia; siendo una obra ya ejecutada, independientemente de si está terminada correctamente o en proceso.

La legalización es la implantación de legalidad a una obra sin licencia pero ya ejecutada. Será necesaria en multiples situaciones: venta, alquiler, realización de obras…

A parte de la “obligación” como ciudadanos de ser y estar legal ante la Ley, ¿Por qué necesito obtener la legalización de obras ejecutadas? Son muchos casos en los que necesitaremos demostrar la legalidad de la propiedad; como es el simple hecho de hacer algún cambio en los servicios de suministros de gas, agua o electricidad. También lo necesitaremos en caso de su venta, alquiler o la realización de obras de rehabilitación o acondicionamiento.

Primeramente, se presentará la documentación técnica oportuna, realizada y firmada por el arquitecto, en espera de la resolución que conceda la legalización de obras ejecutadas sin licencia o la licencia para obras ejecutadas, en un periodo habitualmente no superior a 3 meses. En caso de la no aprobación se podrá recurrir.

Por último, legalizadas las obras y obteniendo las licencias de ocupación o de uso se deberá hacer una declaración catastral por nueva construcción, ampliación, reforma o rehabilitación. En este momento usted dispondrá de su propiedad libremente con todas las garantías de legalidad y ordenamiento jurídico que le confiere la legalización de obras ejecutadas.

TRAMITES Y PROCEDIMIENTO

Como ya hemos explicado anteriormente, dependiendo del estado o tipo de obra; las tramitaciones, exigencias y necesidades para obtener la legalización de obras ejecutadas, varían. Aunque genéricamente los requisitos para la legalización de obras serán los mismos que tendrían que cumplir si la construcción ya realizada se empezase a construir en este momento.

Algunas de las exigencias son: Cumplimiento de condiciones de habitabilidad, normativa urbanística, código técnico de la edificación, reglamento de instalaciones térmicas, eco-eficiencia, eficiencia energética…

¿CUÁL ES SU CASO?

 

1. Obras ejecutadas.

  • Documentación firmada por el técnico y valoración de coste de ejecución material
  • Autorizaciones y concesiones según tipo de obra o suelo
  • Hoja de estadística de Edificación
  • Licencia de utilización u ocupación

2. Parcialmente ejecutada o mal ejecutadas

  • Documentación firmada por el técnico y valoración de coste de ejecución material relativa a lo ya ejecutado
  • Proyecto básico de edificación o ejecución de la parte proporcional que queda por construir
  • Autorizaciones y concesiones según tipo de obra o suelo

3. Antes del inicio de obras pendientes de ejecutar.

  • Fianza en respuesta ante posibles desperfectos en dominio público por consecuencia de las obras
  • Hoja de estadística de edificaciones
  • Razón social de la empresa constructora y dirección facultativa de las obras
  • Comunicación de las fechas de inicio
  • Proyecto de ejecución
  • Proyecto si procede de infraestructura común de telecomunicaciones
  • Seguridad y salud

4. Al concluir las obras.

  • Certificado final de obra
  • Solicitud de utilización u ocupación
  • Resolución de concesión de licencia de obra

PAGOS Y TASAS OBLIGATORIAS PARA LA LEGALIZACIÓN DE OBRAS

Se pueden diferenciar 2 tipos de pagos, unos obligatorios de tipo impositivo como las tasas por expedición de licencia urbanística y el impuesto de construcciones, instalaciones y obras; y los pagos que se realizan por la elaboración de la documentación técnica.Arquitea le ofrece la experiencia profesional de años en el sector, las máximas garantías y un coste mínimo.

Arquitea le ayuda y aconseja para la realización estándar de la solicitud de legalización de obras ejecutadas:

  • Solicitud al ayuntamiento de la posibilidad de legalización de obras ejecutadas
  • Estudio de la documentación a presentar y normativa aplicable
  • Realización del expediente de legalización
  • Pago de las tasas e impuestos
  • Otorgamiento de licencia de primera ocupación
  • Registro de la propiedad. ¡Nosotros nos encargamos de TODO!

COMPROMISO DE ARQUITEA

Cada caso es diferente y por eso Arquitea ofrece un servicio individualizado, basado en el estudio pormenorizado de la situación del cliente basado en la experiencia, responsabilidad y en el trato personalizado con el interesado. Desarrollamos el proyecto de legalización de forma que el cliente siempre sabe en qué punto estamos y que es lo que se está haciendo y porque se está haciendo.

Consultar con expertos evita pérdidas de tiempo y tomar caminos erróneos. El asesoramiento profesional en cualquier campo nos lleva al éxito, por eso consúltenos y le atenderemos encantados

Para cualquier consulta o duda, no dude en ponerse en contacto con nosotros o rellene nuestra solicitud de presupuesto y le atenderemos enseguida.

ENLACES DE INTERES:

Catastro. Alta nuevas construcciones.

Protocolo de condiciones de inicio, ejecución y recepción de obras.

Registro de la propiedad.

Terraza de veladores en vía publica

Algo que siempre caracteriza a España son sus tradicionales terrazas a pie de calle abarrotadas en verano y añoradas en invierno, solo hace falta un mínimo rayito de sol para tener la excusa perfecta para montarla…

Pero claro, muchos ignoramos los tramites y la licencia de terraza de veladores que son necesarios obtener y muchas veces “pelear” con el Ayuntamiento del municipio para ocupar la vía pública.

La experiencia de Arquitea es que no siempre es fácil conseguir una licencia para terraza de veladores en vía pública, y muchas veces hay que lidiar con Ayuntamiento y normativa para conseguirlo. Por eso un profesional con gran experiencia es importante.

La proliferación de terrazas y quioscos de hostelería aumenta día a día, la necesidad de los empresarios de ofrecer a los clientes lo que demandan ya no es una opción sino una necesidad, y si añadimos que la ley anti-tabaco casi obliga al empresario a crear un espacio exterior donde sus clientes se sientan cómodos crea la necesidad de leyes y normas que regulen todos estos aspectos y no prolifere el caos urbanístico. La normativa recoge aspectos como las condiciones técnicas, procedimientos administrativos, delimitación y acondicionamientos, así como aspectos sancionadores y disciplinarios con el fin de regular el régimen de instalación de una terraza de veladores en vía pública.

QUIOSCOS Y TERRAZAS DE VELADORES EN VÍA PÚBLICA

Como primer punto definimos:

  • Terraza: Como la instalación de mobiliario específico de carácter no permanente con elementos delimitadores y acondicionadores de la actividad que se va a realizar en ellas. Están vinculadas a actividades de hostelería y restauración. Y como mobiliario se autoriza el uso de mesas, sillas, sombrillas móviles, elementos separadores y delimitadores móviles, elementos industriales móviles y elementos de jardinería no anclados al paramento. Estos elementos que pueden invadir la vía pública tienen que tener la característica de poder ser recogidos o desplazados en cualquier momento, es decir son efímero y no fijos.
  • Quiosco de temporada: como el establecimiento temporal de hostelería o restauración instalado en suelo de titularidad o uso público. Se utilizan para venta de productos que no necesitan elaboración ni preparación. Son por ejemplo quioscos de prensa, quioscos de caramelos y dulces, heladerías, ect.
  • Quiosco permanente: como establecimientos de carácter permanente instalados en suelo de titularidad o vía pública y que su actividad es la misma que los establecimientos fijos en local de hostelería y restauración.

CONDICIONES GENERALES DE LICENCIA TERRAZA DE VELADORES EN VIA PUBLICA

Para conseguir una autorización para una terraza de veladores en vía pública, hay cumplir con una serie de condiciones establecidas en la normativa vigente.

Como aspecto general de toda normativa, en materia urbana, se ha de garantizar la seguridad colectiva y no interrumpir la movilidad en donde se instalen las terrazas, en especial en zonas de gran afluencia tanto de peatones como de vehículos. Para conseguir una autorización de terraza de veladores en vía pública, hay cumplir con una serie de condiciones establecidas en la normativa vigente

No se podrán instalar terrazas adosadas en las fachadas de edificios u otros elementos que estén declarados bienes de interés cultural, salvo acuerdo del órgano responsable de la protección de patrimonio.

Se prohibirá la publicidad en los elementos y mobiliario que constituya la terraza, solo siendo autorizado el nombre y logotipo del establecimiento y de la empresa suministradora atendiendo a limitaciones en sus dimensiones.

Los elementos industriales deberán estar integrados con otros elementos autorizados, siendo estos, preferiblemente, sombrillas o toldos.

Cuando se instalen elementos como cerramientos laterales para limitar el espacio, estos deberán tener las características de diseño que permitan la visión a través de ellos sin que supongan un obstáculo a la percepción del entorno urbano en donde se ubique.

El mobiliario deberá disponer de elementos reductores de ruido en sus apoyos con el fin de reducir lo más posible el ruido ambiental.

Se debe autorizar expresamente el apilamiento del mobiliario perteneciente a la terraza y este nunca será encadenado a ningún elemento del mobiliario urbano o elementos vegetales.

No se autoriza la instalación de maquinas expendedoras automáticas, recreativas, lúdicas u otras de categoría análoga.

Tampoco se permitirá la instalación de equipos audiovisuales o amplificación, así como las actuaciones en directo.

PASOS Y TRÁMITES

Para conseguir una licencia terraza de veladores en vía pública son varios los trámites, documentos y tasas que debemos cumplimentar y abonar. No solo es necesario rellenar una solicitud sino que también habrá que desarrollar un proyecto de planificación donde quede todo registrado.

  • Impreso de solicitud
  • Acreditación del título jurídico que justifique la potestad de de uso privativo del espacio urbano y en ocasiones, el consentimiento de las comunidades de propietarios afectados.
  • Planos de situación de la terraza a escala, donde se especifique la superficie que se va a ocupar, medidas y distancias de aceras, paradas de transportes públicos, salidas de emergencias y elementos pertenecientes al mobiliario urbano.
  • Distribución de los elementos mobiliario que se instalaran, número, dimensiones y documentación gráfica.
  • Documentación gráfica de las fachadas y entorno próximo afectado.
  • Cumplimiento de la normativa específica de la ordenanza de las Terrazas de Veladores y quioscos de Hostelería.
  • Comprobante del pago del seguro del establecimiento.
  • Justificante del pago de las tasas correspondientes.

QUE SOLICITUD DE TERRAZA DE VELADORES EN VÍA PÚBLICA NECESITA

Dependiendo del tipo de terraza que quiera legalizar las condiciones varían, por eso, lo primero es determinar cuál será el periodo o función de dicha terraza.

  • Una licencia anual la cual se otorga por un periodo que finaliza a final del año para terrazas permanentes.
  • Una licencia de temporada, muchas veces concedida para las terrazas de verano, que abarca el periodo comprendido del 1 de Mayo al 31 de octubre.
  • Licencia para acontecimientos extraordinarios, como son casetas de feria, fiestas, verbenas o eventos de poco tiempo. Que se otorgan solo por el tiempo que se determine y según sus características.
Debe saber que sí quisiera aumentar la temporalidad de la licencia, deberá tramitar una nueva licencia terraza de veladores.

Si desea una licencia para una terraza de veladores en vía pública para su negocio o está pensando en montar un quiosco ya sea de carácter temporal o permanente, Arquitea se ocupa de realizar el proyecto y tramitaciones necesaria para conseguir la licencia. La experiencia nos ha enseñado la dificultad de la tramitación para conseguir dichas autorizaciones, por eso contamos con profesionales conocedores de la normativa y la relación con las administraciones municipales.

El compromiso de Arquitea

Ofrecemos nuestra profesionalidad para conseguir esa esperada licencia lo más rápido posible a un precio, también, lo más bajo posible.

ENLACES DE INTERES:

Ordenanza de veladores en vía pública de Madrid.

 

Decoración e interiorismo

Decoración e interiorismo es DISEÑO con mayúsculas. La sociedad actual ha aprendido a “comer” por los ojos, es decir la primera impresión es fundamental, por eso la importancia de vestir nuestro negocio correctamente y hacer que el cliente se interese por nosotros y nuestros productos creando una atmosfera ideal.

Si aún piensas que la decoración e interiorismo no es importante, no estás en lo cierto. Continua leyendo…

Decoración e interiorismo son aspectos de la arquitectura igual de importante que lo puede ser la construcción, ya que desde el punto de vista humano, lo que se ve no es la estructura, ni las instalaciones o qué tipo de ladrillo se ha utilizado, sino los aspectos puramente visuales que generan en nosotros diferentes estadios y que se consiguen a través de la decoración e interiorismo del lugar. Por eso mismo, la decoración y diseño de interiores cada vez cobra una mayor importancia a la hora de planificar una obra, remodelación o un cambio de imagen.

PLANTEAMIENTO DE DECORACIÓN E INTERIORISMO

La decoración e interiorismo toca una infinidad de aspectos. Mobiliario, colores, iluminación… Y todos deben conjugarse en armonía

La decoración e interiorismo toca una infinidad de aspectos. Mobiliario, colores, iluminación… Y todos deben conjugarse en armonía para conseguir un acabado perfecto y así conseguir despertar en el habitante de ese espacio sentimientos, sensaciones e incluso estados de ánimo. Esa es una de las labores de nuestro departamento de decoración e interiorismo, llegar a transmitir al espacio real, lo que nuestro cliente quiere ofrecer a la vez, a sus propios clientes en los casos de locales comerciales o bares y restaurantes, y la sensación de hogar y placer en los casos en los que nos encomienden trabajos de casa particulares, hoteles, ect.

Se puede decir que un buen diseñador en decoración e interiorismo es también un psicólogo, ya que intenta meterse en los sentimientos del espectador para generar en el, estados de ánimo y sensaciones.

CONVERTIR TU VIVIENDA EN UN HOGAR

En Arquitea contamos con decoradores e interioristas cualificados que le darán multitud de ideas conseguir el resultado deseado.

En lo referente a la decoración e interiorismo de hogares particulares, existen una infinidad de posibilidades; ¿decoración rústica o decoración moderna?; ¿minimalista o barroca? Lo principal que debemos plantearnos al planificar la decoración de nuestra casa es ¿Dónde me gustaría vivir? ¿Cómo quiero sentirme al llegar a casa?

Puedes vivir en un hogar magnífico; grandes espacios, vistas preciosas, una infinidad de servicios y estar totalmente a disgusto. Casi más importante es el interiorismo y decoración y el diseño de espacios de un hogar que el propio hogar en si con sus características técnicas.

Cuidar cada rincón de nuestra casa es una inversión en salud y bienestar, físico-mental y espiritual. Por eso mismo, la decoración e interiorismo debería tener en cuenta tanto la decoración de cocinas como la decoración de salones o dormitorios. Si tu casa cuenta, por suerte, con jardín también deberías tener en cuenta la decoración del jardín, no es lo mismo un bosque que los jardines de Versalles ¿verdad? En Arquitea contamos con decoradores e interioristas cualificados que le ayudarán a crear de su casa un verdadero hogar. Intercalando sus necesidades con las propuestas de nuestros profesionales que le podrán dar una multitud de ideas sobre decoración para conseguir el resultado deseado.

LA CLAVE DEL EXITO DE TU NEGOCIO

Por otro lado, si es importante la decoración e interiorismo de una casa particular, muchísimo más lo es la de un negocio. La imagen corporativa de una empresa es la primera impresión que se da a un cliente, por eso mismo hay que cuidar absolutamente todos los detalles.

Ya sea una oficina o un local a pie de calle, la decoración e interiorismo del mismo debe ser impecable. La decoración e interiorismo en tiendas de moda, restaurantes, franquicias… es esencial para el éxito de esas empresas.

Sin ir más lejos, seguro que usted mismo ha estado en algún restaurante o tienda que no recuerda que fue lo que comió o compró pero si cuanto le gustó la decoración y lo que disfruto cenando en ese restaurante. Bien conocidos son los concursos de escaparates en todas las ciudades.

Pero esto no se trata de un concurso, a ver quién hace el local más estrambótico y extravagante. Se trata del buen gusto y de hacer sentir al cliente como en casa, una ambientación agradable hará que el cliente quiera volver a su negocio; sea del tipo que sea.

Si lo que necesita es una obra de interiorismo para su negocio o quiere dar un ambiente diferente a su hogar, no dude que en Arquitea le podremos asesorar para conseguir que el acabado sea el que usted buscaba. Nuestros expertos interioristas además le podrán mostrar reproducciones en 3D para que antes de que empecemos a trabajar ya sepas cual será el resultado final.Compromiso de Arquitea

ENLACES DE INTERES:

www.disenointerior.es

www.nuevo-estilo.com

www.revistaad.es/