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    Autorización Paso de Vehículos

    Si usted ha adquirido un garaje-aparcamiento a pie de calle para su negocio, una vivienda unifamiliar, vivienda en edificio con local destinado a garaje en Madrid, debe saber que tiene la obligación de conseguir una licencia de “vado permanente en Madrid” para que se permita el tránsito de vehículos, invadiendo la acera y tener el derecho a que nadie estacione en su acceso.

    El paso de vehículos es aquella parte del dominio público por donde se permite, mediante la correspondiente autorización, la entrada de vehículos desde la vía pública a un inmueble, edificado o sin edificar, y su salida desde éste.

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    En Arquitea nos encargamos de informarle y asesorarle de todos los pasos y obligaciones que debe seguir para conseguirlo.

    ¿QUÉ ES Y POR QUÉ ES IMPORTANTE EL VADO PERMANENTE EN MADRID?

    Es importante saber que hay determinados temas dentro de la construcción y la obra civil que tienen una mayor dificultad, pero no en aspectos técnicos o constructivos, sino en cuanto a la relación con temas en los que la carga legal y relación con ayuntamientos y municipios son grandes.

    Un ejemplo es la solicitud de “vado permanente en Madrid”. Hacer correctamente todas las gestiones relacionadas con la legalidad de los vados permanentes en Madrid nos evitara grandes problemas, sobre todo económicos.

    Como su propio nombre indica Vado permanente en Madrid, es el derecho que tiene el o los propietarios de esta licencia para poder circular con vehículos invadiendo la acera transitada de la vía pública desde la carretera hasta el interior del local, así como la prohibición de estacionar en el mismo acceso estando este siempre libre. El vado permanente Madrid es obligatorio para garajes de comunidades, casas unifamiliares, almacenes, talleres, etc.

    ¿QUIÉN PUEDE SOLICITARLO?

    Tienen derecho a solicitar la autorización del paso de vehículos las personas propietarias de los inmuebles a que dan acceso dichos pasos o ejerzan las actividades a cuyo servicio se destinan los mismos; o en su caso, las comunidades de propietarios, o agrupaciones de éstas debidamente representadas, en el supuesto de inmuebles sujetos al régimen de propiedad horizontal.

    VADO PERMANENTE EN MADRID

    Cabe destacar que en Madrid es especialmente importante y complicado dado el altísimo flujo de vehículos que día a día circula por las calles de la capital y la “caótica” actividad de sus calles en cuanto zonas de aparcamiento, carga y descarga, entradas y salidas de garajes etc.

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    Como siempre decimos, es importante contar con el asesoramiento y ayuda de expertos como Arquitea, para facilitar procesos de legalidad y así evitar pérdidas de tiempo y momentos de desesperación.

    NORMATIVA DE APLICACIÓN

    En el año 2006 se publicó la Ordenanza Reguladora de los Pasos de Vehículos con el fin de regular, mediante una normativa específica e integral, el aprovechamiento especial del dominio público por tránsito de vehículos desde las fincas o locales a la calzada, y viceversa, a través normalmente de aceras convenientemente rebajadas, que hasta ese momento aparecía dispersa en la regulación municipal.

    A la hora de diseñar un paso de vehículos, Arquitea conjuga el cumplimiento de la ordenanza con los criterios de accesibilidad establecidos en el Manual de Accesibilidad para espacios públicos urbanizados del Ayuntamiento de Madrid de 2016, con el fin de que el uso del pavimento responda al criterio de prioridad del itinerario peatonal frente al del vehículo, aspecto esencial para reforzar la identificación del vado como espacio peatonal, con preferencia del peatón sobre el vehículo.

    ANM 2006\33 – Ordenanza Municipal Reguladora de los Pasos de Vehículos

    En cuanto a materia fiscal, ha sido en el año 2013 cuando el Ayuntamiento de Madrid ha modificado la ley instando el cambio de la ley de Haciendas Locales y aprobando un nuevo informe económico de la ordenanza fiscal de paso de vehículos.

    La normativa se estructura en cuatro títulos de disposiciones generales, procedimientos, derechos y obligaciones de los titulares de los pasos de vehículos, normativa, aspectos técnicos relacionados con la construcción y supresión de pasos de vehículos, así como normas específicas que afectan a la señalización como placa de vado o señal de vado permanente en Madrid.

    EJECUCIÓN MATERIAL DEL PASO DE VEHÍCULOS

    La construcción del paso de vehículos, ya sea una nueva solicitud o para legalizar el existemte, debe ajustarse a la ordenanza siguiendo el diseño propuesto por Arquitea, ciñiéndose a la utilización de los elementos constructivos especificados en la Normalización de Elementos Constructivos para Obras de Urbanización del Ayuntamiento de Madrid del 2002 y a la utilización de los materiales con las características establecidas en el Pliego de Condiciones Técnicas General del Ayuntamiento de Madrid.

    GASTOS DERIVADOS DE LA SOLICITUD

    Tasa por Prestación de Servicios Urbanísticos
    Por la tramitación de licencias urbanísticas, epígrafe E, artículo 10.4 a) de la ordenanza fiscal
    reguladora de la tasa por prestación de servicios urbanísticos: 247,60 euros (epígrafe 4.a del
    impreso de autoliquidación).

    Por el Control de Calidad, epígrafe H, artículo 14.2 de la ordenanza fiscal reguladora de la tasa
    por prestación de servicios urbanísticos: 4 % del coste real de la obra.

    ICIO
    Impuesto de Construcciones, Instalaciones y Obras (arts. 18 y 19 de la ordenanza fiscal reguladora del impuesto sobre construcciones, instalaciones y obras: 4% de la base imponible).

    Garantía o Fianza
    Cuando la autorización implique la realización de obras cuya ejecución corresponda al titular deberá aportarse con carácter previo a la retirada de la misma un aval o equivalente en metálico en la Tesorería Municipal, por importe igual al coste de reparacoón de la acera, calzada y equipamientos municipales a su estado original. La mencionada garantía debe realizarse de acuerdo con el presupuesto general determinado por el Departamento de Servicios Técnicos.

    TASAS Y OBLIGACIONES ECONÓMICAS

    El procedimiento de cálculo de la tasa de paso de vehículos (Tasa de vados) viene recogida en el Boletin Oficial de la Comunidad de Madrid (BOCM) del pasado 28 de Diciembre 2012, donde se publicó la modificación de la Ordenanza fiscal reguladora de la Tasa por utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local.

    El cálculo de la tasa para la obtención del derecho de vado permanente en Madrid vendrá determinado por la fórmula:

    Cuota tributaria= (PV+PIU) x ml

    Siendo PV (parámetro de valor) el resultado de aplicar el 4% al valor del metro cuadrado del suelo según la zona en la que se encuentre. Y siendo PIU (parámetro de intensidad de uso) la superficie construida del bien inmueble al que da acceso o salida el paso de vehículos o paso de carruajes. Se multiplicará por los ml (metros lineales) que serán los metros del hueco libre para la entrada y salida de vehículos al que se incrementa un metro a cada lado.

    COMPROMISO DE ARQUITEA

    En Arquitea contamos con profesionales y una dilatada experiencia en la tramitación de todo tipo de permisos y licencias en relación con ordenanzas y Ayuntamientos, como es la adquisición de un permiso de vados permanentes en Madrid, garajes para coches y vado de aparcamiento.

    Contacte con nosotros o rellene un formulario a través de la web y nos pondremos en contacto con usted para informarle minuciosamente de los trámites necesarios para gestionar cualquier tipo de solicitud o permiso ante la administración de la mano de nuestros expertos en la materia.

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    El cometido de Arquitea es gestionar de la mejor forma todo el proceso regulador del uso de los vados permanentes en Madrid y de la vía pública. Donde se ven afectados aspectos como derechos públicos de todos los viandantes y los derechos individuales del usuario del vado permanente.

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