Declaracion responsable Madrid

La declaración responsable en el Ayuntamiento de Madrid es el documento por el que cualquier titular de una actividad manifiesta que su inmueble cumple los requisitos normativos para ejercerla.

MODALIDADES DE LA DECLARACION RESPONSABLE EN MADRID

  • Con certificado de conformidad emitido por una ECLU (Entidad colaboradora en la gestión de licencias urbanísticas)

La declaración responsable con certificado de conformidad supone que una ECLU verifica si la actuación se puede presentar mediante declaración responsable y si la documentación a presentar está completa y si la actuación es viable urbanísticamente.

La declaracion responsable con certificado de conformidad ofrece seguridad ante el severo regimen sancionador en Madrid.

Una vez analizada la declaración responsable y si la documentación presentada es correcta presentará la documentación en el Registro del AGLA.

En esta modalidad, el ciudadano tiene mayor seguridad jurídica, ya que la ECLU verificará y validará, con la emisión del certificado de conformidad que la actuación pretendida es viable según la normativa aplicable, ahorrándose posteriores trámites, cumplimiento de requisitos, y sobretodo menor riesgo ante el régimen sancionador del Ayuntamiento de Madrid.

  • Sin certificado de conformidad

La presentación de la declaración responsable sin certificado de conformidad habilita desde dicho momento para el ejercicio material de la actividad pero esto no prejuzgará la correcta situación de las condiciones del establecimiento y su adecuación a la normativa aplicable. La ECLU seleccionada en la declaración responsable que presente, realizará la comprobación de si la documentación está completa y es viable urbanísticamente la actuación.

En el caso que la actividad u obra no se ajuste a la declaración responsable, el Ayuntamiento de Madrid procederá a iniciar el expediente de restablecimiento de la legalidad urbanística, y en su caso del sancionador que proceda.

Teniendo en cuenta que el régimen sancionador es elevado, el riesgo solo merece la pena si el empresario tiene completamente claro el cumplimiento de la normativa.

PRECIO DE LA LICENCIA DE APERTURA

El precio de una licencia de apertura depende de:

      • El local (superficie, características, protecciones y condiciones urbanísticas…)
      • entremedias

      • La actividad (Inocua, calificada, con afecciones medioambientales, recreativas…)
      • La ubicación (cada Ayuntamiento es libre de exigir diferente documentación)
      • La empresa o técnico que contrate:

El coste total del proceso de obtención de la licencia de apertura depende en buena medida de la profesionalidad, el conocimiento y la experiencia del técnico, y no tanto por el precio del proyecto como por la elección de los procesos, la calidad de los documentos, el correcto y prematuro asesoramiento al cliente y la capacidad para gestionar los cauces administrativos.

El coste final depende de la profesionalidad, el conocimiento y la experiencia del técnico.

  • Llevamos 15 años tramitando licencias de Apertura en Madrid.
  • Contamos con los medios informáticos más avanzados.
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REQUISITOS DE UNA LICENCIA DE APERTURA EN MADRID

Una licencia de apertura acredita que este cuenta con las condiciones de uso y seguridad adecuadas, una vez comprobadas estas el Ayuntamiento de Madrid otorgará la licencia y dará lugar la apertura de la actividad.

A la hora de buscar un emplazamiento y un local, nave u oficina para la apertura de tu actividad, debes tener siempre presente su adecuación a su normativa general y sectorial, además de las posibles incompatibilidades.

Es muy importante que el contacto con el técnico se produzca previamente a la elección del inmueble y la solicitud de la licencia de apertura, para que averigües esos requisitos antes de firmar cualquier documento de compromiso.

Se debe comprobar incluso si en el local ya se ejercía esa actividad, ya que la normativa cada vez es más exigente y los locales con licencias de apertura antiguas muchas veces no cumplen la normativa actual, y puede darse la circunstancia de que la licencia de apertura existente no sirva para la nueva actividad o sencillamente el establecimiento no tenga licencia de apertura.

PLAZOS PARA OBTENER LA LICENCIA DE APERTURA EN MADRID

El plazo de obtención de una licencia de apertura en Madrid depende del volumen de trabajo que tenga el ayuntamiento y las empresas colaboradoras en el momento de la solicitud y de los departamentos internos del Ayuntamiento de Madrid por los que deba discurrir el expediente para la concesión de la licencia, existen expedientes que afectan al medio ambiente y deberán contar con la aprobación del departamento de Medio-ambiente, si están afectos por la normativa de protección civil, por el departamento de Protección Civil, etc Por nuestra experiencia actualmente están tardando desde 1 mes para las licencias de apertura de actividades sencillas hasta los 9 meses para actividades más grandes y complejas.

CUANDO PUEDO EMPEZAR MI ACTIVIDAD

Si el trámite se realiza con los nuevos procedimientos se puede abrir ciertas actividades en el mismo momento en el que se entrega la documentación, esto solo es recomendable si se está completamente seguro de que se cumple con todos los requisitos, ya que debido al enorme régimen sancionador existente conlleva muchos riesgos.

¿Quiere decir esto que no podré explotar mi negocio hasta obtener la licencia de apertura? En términos puramente legales sí, pero obviamente un empresario no puede estar costeando un inmueble durante meses sin que se produzca la apertura de la actividad, y nuestra experiencia nos indica que el Ayuntamiento de Madrid es consciente de ello, no conocemos ningún caso de sanciones a empresas que hayan presentado su documentación correctamente y hayan comenzado su actividad mientras se tramita el expediente, siempre que el mismo este en proceso.

ENLACES DE INTERES:

ARLATEC. Declaracion responsable.

Ministerio de Economía. Apertura de Establecimientos Comerciales.

Ayuntamiento de Madrid. Declaración responsable.