Informes periciales

El informe pericial es un instrumento en el que se apoya un juez u otro organo, público o privado, para asesorarse acerca de materias que desconoce.

Este informe es solicitado cuando se necesita de consideraciones o conocimientos técnicos, científicos o prácticos para estudiar el caso en cuestión.

El servicio de informe pericial que ofrece Arquitea está relacionado con defectos de construcción, daños por terceros, patologías constructivas, discrepancias sobre inmuebles, valoraciones o tasaciones, etc. El técnico adecuado para resolver dudas en estas cuestiones será un arquitecto técnico o un arquitecto, expertos en construcción y edificación. .¿Como puede ayudarte Arquitea?

¿CUÁNDO ES NECESARIO UN INFORME PERICIAL?

En ocasiones detectamos problemas, deficiencias o vicios en nuestras viviendas u otro tipo de construcciones, que afecta a su habitabilidad y a su funcionalidad. Cuando esto ocurre se le suele comunicar al responsable y este no siempre responde a la demanda de reparación. En otros casos el origen de la causa no es evidente, así como tampoco es evidente el responsable. En estas situaciones se recurrirá a iniciar un proceso legal, para el cual será necesario un informe pericial que nos ayudará a resolver estas contingencias.

El informe pericial es la prueba más importante en los litigios con trasfondo técnico.

Durante un proceso judicial de este tipo de reclamaciones, habitualmente son desestimadas por carecer de informe pericial que certifique que las lesiones tienen una causa reclamable y que son imputables a un responsable.

El objetivo final del informe pericial es tener la posibilidad de reclamar todos los vicios de una construcción o deficiencias que puedan surgir, bajo el amparo de un documento firmado por un técnico cualificado, al cual se le atribuye una credibilidad. En principio, el informe pericial es una prueba aportan las partes, las cuales designan los peritos, y si fuera necesario o lo solicitaran las mismas, el perito puede ser designado por un juez.

El informe pericial es la prueba más importante en los litigios con trasfondo técnico.

TIPOS DE INFORME PERICIAL

Como hemos mencionado, el informe pericial es una prueba en un proceso judicial que inicialmente aportan las partes litigantes y que redactan peritos designados por las mismas. En los casos que sea estrictamente necesario o lo soliciten ambas partes, el perito será designado por el juez.

  • Informe pericial de parte:

El informe pericial lo suscribe un arquitecto o arquitecto técnico al margen del litigo, por encargo de una de las partes, y se entrega como prueba junto con la demanda o la respuesta a la esta. A este informe pericial no se le da el reconocimiento de peritaje por no ser emitido mediante las formalidades legales y por carecer de garantías para la otra parte. El perito que redacte este informe pericial no intervendrá en el juicio.

  • Informe pericial judicial:

La intervención del informe pericial ocurre durante el desarrollo del juicio, una vez el juez nombra al perito, para que el arquitecto o arquitecto técnico designado emita un dictamen que le oriente para dictar sentencia.

EL PERITO

Es un profesional cualificado con los conocimientos técnicos necesarios cuya función será la de informar a un juez mediante un informe pericial sobre los puntos litigiosos relacionados con su especialidad. No en todos los casos de peritaje será necesario que el perito acredite una titulación.

En las situaciones en las que actúa Arquitea relacionadas con defectos de construcción, daños por terceros, valoraciones o tasaciones, etc., será necesaria la designación de un perito especializado en arquitectura y construcción, y preferiblemente en el campo que se esté tratando, un arquitecto o arquitecto técnico.

El perito debe ser gran conocedor de la materia de pericia y es importante que sepa expresarse correctamente y tener gran capacidad para transmitir sus conocimientos técnicos a personas no conocedoras de la materia, ya que en temas periciales se dirigirá principalmente a juristas.

Es un profesional cualificado con los conocimientos técnicos necesarios, cuya función será la de informar a un juez mediante un informe pericial sobre los puntos litigiosos relacionados con su especialidad.

CONTENIDO DE UN INFORME PERICIAL

    • Datos de identificación de la propiedad.
    • Identificación de la situación y características edificatorias del inmueble.
    • Estudio de antecedentes y recopilar documentación aportada por la propiedad.
    • Descripción y certificación de las deficiencias observadas durante la visita mediante inspección ocular y en caso de ser necesario se realizarán las pruebas pertinentes y se deberán publicar posteriormente los resultados obtenidos.
    • Reportaje fotográfico.
    • Dictaminar las causas que han motivado las deficiencias detectadas.
    • Describir posibles soluciones para subsanar las patologías.
    • Valoración del coste de las reparaciones con presupuesto desglosado.
    • Conclusiones objetivas del técnico.
    • Describir las posibles soluciones que subsanen y repongan el inmueble a un estado de correcta seguridad constructiva, habitabilidad y estética.

Siempre deberán considerarse cambios sujetos a la particularidad de cada caso que se estudie.

INFORME TÉCNICO Y DICTAMEN.

Cuando hablamos de informes periciales suelen existir confusiones entre distintos documentos técnicos, todos firmados por un técnico cualificado, pero con diferencias conceptuales. Las mayores confusiones vienen con los documentos de informe técnico, dictamen y dictamen pericial. El informe pericial o dictamen pericial está formado por estos dos documentos, el informe técnico y el dictamen.

Informe técnico es un documento elaborado por el arquitecto o arquitecto técnico, donde reflejan las circunstancias observadas en el examen de la cuestión que se considera con explicaciones técnicas. Es una explicación por escrito según cada situación en particular. Es importante destacar que todo lo que describe este documento es en referencia a lo visto, nunca se expresan opiniones técnicas del motivo de la cuestión.

Dictamen es la exposición que hace por escrito el arquitecto o arquitecto técnico de su opinión técnica y juicio sobre la cuestión sometida a estudio, que serán consideradas durante un proceso judicial.

Definidos estos dos conceptos podemos decir que el informe pericial o dictamen pericial está formado por estos dos documentos, el informe técnico y el dictamen. Donde tendremos la opinión fundada de un técnico basada en un informe previo.

Confía en la amplia experiencia de los técnicos de Arquitea para la redacción de informes periciales, cuentan con los conocimientos, objetividad y responsabilidad que implica un servicio de estas características.¿Por qué Arquitea?

ENLACES DE INTERES:

Consejo General de Peritos Judiciales y Colaboradores con la Administración de Justicia.

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